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ayudas del kit digital

Ayudas del Kit Digital en Madrid y Loja (Granada)

Estamos en Madrid y en Loja (Granada) y te ayudamos a solicitar las ayudas del Kit digital para mejorar la digitalización de tu empresa

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Bono del kit digital ¿de qué hablamos?

El gobierno ha habilitado un procedimiento para solicitar las ayudas del kit digital. Las ayudas públicas del kit digital están financiadas con fondos europeos denominados NEXT Generation. Con estas ayudas se pretende impulsar la digitalización de las pequeñas empresas españolas.

Existen tres tipos de empresas que pueden acceder a las ayudas del kit digital: pequeñas empresas entre 10 empleados y menos de 50 empleados, empresas de entre 3 empleados y 9 empleados y microempresas de uno o dos empleados.

Los importes de los bonos de ayudas del kit digital que se han establecido para estas empresas van desde los 2.000 a los 12.000 euros. Los impuestos no se pueden subvencionar. Estas ayudas se van haciendo disponibles según un calendario establecido por el gobierno.

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Para qué son las ayudas

Las ayudas del kit digital pueden utilizarse para las siguientes categorías:

    • Sitio Web y Presencia en Internet
    • Comercio Electrónico
    • Gestión de Redes Sociales
    • Gestión de Clientes
    • Business Intelligence y Analítica
    • Gestión de Procesos
    • Factura Electrónica
    • Servicios y herramientas de Oficina Virtual
    • Comunicaciones Seguras
    • Ciberseguridad.
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Requisitos básicos para recibir las ayudas

  • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y al Anexo II de la presente orden.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Realizar un test de diagnóstico con el objetivo de evaluar el nivel de madurez digital del negocio.

 

Tampoco podrán ser beneficiarias  los colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

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¿Quieres beneficiarte de estas ayudas?

Nosotros podemos asistirte de forma voluntaria en todos los trámites (en la solicitud, gestión y acreditación de las ayudas correspondientes). Una vez aprobada tu solicitud, nos pondremos a trabajar para que tengas tu sistema digital en pocas semanas.

Para que te podamos asistir, solo tienes que darte de alta en el formulario que aparece más abajo. Contactaremos contigo a la mayor brevedad posible para iniciar los procedimientos que te permitirán beneficiarte de las ayudas del kit digital.

Darse de alta es el primer paso para recibir las ayudas.
Te llamaremos para explicarte los siguientes pasos.
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